TRÁMITES DE SOLICITUD DE CERTIFICADOS, TARJETAS CONSULARES Y OTROS ACTAS

 La Embajada expide las siguientes actas del estado civil y otros Documentos de cancillería:

Nota: Los trámites y otros documentos pueden solicitarse de lunes a jueves de 10:00 A 13:30. 

La legalización de documentos, el Certificado de Nacimiento, el Certificado de Buena Conducta, el Certificado de Nacionalidad, el Certificado de Soltería, el Certificado de Divorcio, el Certificado de Matrimonio, el Certificado de Residencia, el Certificado de Viudez, el Certificado de Composición familiar, el Certificado de Defunción, el Certificado de Sucesión, la Tarjeta Consular, el documento de viaje equivalente al pasaporte o Salvo conducto, etc.

Para la legalización de documentos, el tiempo de espera es de 3 días hábiles:

 -Acudir a la Embajada provisto del original y de la copia del documento a legalizar junto con la tasa de legalización,

– o remitir por correo a la Embajada el original y la copia del documento a legalizar, el resguardo de ingreso en el banco de la tasa de legalización correspondiente y un sobre sellado junto con el nombre completo del solicitante, la dirección y el teléfono CORRECTOS del solicitante para el retorno de los documentos.

Para cualquier otro certificado solicitado que no figura en la lista arriba mencionada, la Embajada expide un documento titulado A QUIEN CORRESPONDA

      A) Para un solicitante inscrito en el registro consular, habrá que traer la siguiente documentación:

 – Fotocopia de la tarjeta de residencia o de la tarjeta consular;
– Resguardo de Ingreso de las tasas en la cuenta de la Embajada:

Banco BBVA N° IBAN: ES28 0182 7589 9902 0151 1663 ; Código BIC: BBVAESMMXXX,

– Dirección y número de teléfono de contacto.

      B) Para un ciudadano no inscrito en el registro consular, aportar toda la documentación necesaria para tramitar previamente una inscripción en el registro consular  (véase en inscripción consular )

      C) Para cualquier documento solicitado que figura en la siguiente lista: aportar toda la documentación necesaria para tramitar

– o bien el solicitante se presenta en la Embajada provisto del resguardo de ingreso de la tasa del documento solicitado, de la copia impresa del formulario debidamente cumplimentado junto con los documentos exigidos más arriba;

– o se remite a la Embajada vía correo electrónico o por correo, el resguardo de ingreso de las tasas del documento solicitado junto con los gastos de envío, la copia impresa del formulario debidamente cumplimentada y de los documentos exigidos arriba mencionados, sin olvidarse de mencionar la dirección a la que tiene que ser entregado dicho documento.

Para solicitar uno de los documentos mencionados anteriormente, descargue el formulario correspondiente, llénelo y envíelo por correo electrónico a: info@ambardcmadrid.com .

Pasaporte o salvoconducto: Este documento solo se expide a las personas que quieren volver al Congo pero que carecen de pasaporte vigente. El salvoconducto se expide previa presentación del billete de avión solo ida (España-RD Congo) y dos fotos pasaportes